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El ataque al poder Judicial. 

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El ataque al poder Judicial. 

El Poder Judicial es un tema que en términos generales a la sociedad le importa poco, y sólo le toma consciencia cuando por alguna infortunada razón, se encuentra involucrado en los Tribunales, quienes en su obligación de impartir justicia, resuelven el conflicto que se les planteó, y aquel que obtuvo una sentencia a su favor, vanagloriara a la Diosa Themis y el que no logró sus pretensiones emulara en voz en cuello que hay que reformar el sistema porque este no funciona. 

En efecto, un poder Judicial que no es eficaz a la luz del contexto social en el que se desarrolla, requiere una reforma, si, nadie puede negar esta necesidad, pero una reforma substancial y de fondo que permita alcanzar, cuando menos en su más estricta concepción la tan anhelada justicia. 

Desafortunadamente la propuesta hecha por el Ejecutivo Federal en semanas recientes que tanto revuelo ha causado en la opinión pública, en nada resuelve los problemas anquilosados que se vienen arrastrando, por dos razones fundamentales; por principio de cuentas, al negar que  el sistema jurídico mexicano ha alcanzado con las reformas al artículo primero Constitucional de 2011, un sistema de progresividad de Derechos Humanos que si bien no es suficiente, en mucho hemos avanzado contra las atrocidades cometidas en décadas anteriores, por lo que es muy irresponsable negar este avance. 

En segundo lugar, porque la politización de una reforma que debiera ser eminentemente jurídica ha atraído sombrías condiciones al pretender “democratizar” la elección de los Ministros, Magistrados y Jueces, con el argumento de que con ello sería el pueblo quien en todo caso designaría estos encargos. 

Esta postura pierde de vista bases no solamente jurídicas sino de teoría del Estado elemental, como lo es el equilibrio de poderes del que hablo Aristóteles enla separación de funciones de la polis, pasando por los postulados de la Revolución Francesa o hasta nuestra época en que se ha pugnado y luchado por evitar la superposición de uno frente a los otros, evitando con ello una imposición de decisiones contra republicanas. 

Y es que sin tener un mecanismo de pesos y contra pesos entre los poderes de la Unión que existen en México en términos del artículo 49 Constitucional, no solo se pone en riesgo el sistema jurídico mexicano, que dicho sea de paso no se encuentra aislado como pudo estarlo en los años setenta. En la actualidad, no solo es la Norma Interna la que rige la convivencia social en nuestro País, sino también disposiciones de carácter internacional garantizados a través del Sistema Interamericano de Derechos Humanos que ha resuelto asuntos de vital importancia para los mexicanos, -que no para el Estado Mexicano- como lo puede ser “campo algodonero” o “Radilla Pacheco” de los  que hablaremos en la siguiente intervención. 

​Dice Roberto Gargarella que la democracia no puede subsumirse o limitarse a una elección, sino que la verdadera democracia comienza precisamente al siguiente día de la jornada electoral, esto es que aquellos que fueron electos puedan crear los canales institucionales para la participación de estudiantes, jueces y justiciables para la lograr una propuesta seria de reforma al poder judicial; hacer lo contrario es construir al amparo del rencor y de la venganza política un sistema “ad hoc” que beneficiará a quienes otorgaron las herramientas para ser electos y dejar de lado el conocimiento, la experticia y la capacidad de resolver los asuntos que se les planteen a través de una verdadera imparcialidad, misma que al convertir en actos de campaña el nombramiento de jueces, se perdería en su totalidad. 

​Cambiar entonces popularidad por independencia judicial es un riesgo muy alto que no debemos correr, es cambiar la adhesión política de determinación por la carrera judicial puntual y pertinente, logrando con ello el sometimiento del poder judicial como intérprete de nuestra Ley Fundamental en favor de las prensiones del Estado y no de los Derechos de los mexicanos, ello constituye una franca regresión a lo poco o mucho que hayamos avanzado. 

​El poder judicial entonces, no debe ni puede ser un centro de concentración popular, sino un espacio técnico científico desde el punto de vista jurídico. Si, eminentemente jurídico que logre mayor cantidad de Derechos para todos y que garantice la convivencia social pacífica y respetuosa en una sociedad cada vez más heterogénea, cambiante y exigente. Ello se lograra únicamente si se respeta la carrera judicial y el nombramiento de los jueces a través de los concursos de oposición necesarios donde se advierta su necesario conocimiento de las áreas donde su mallete decidirá en favor de unos u otros, pero siendo el fiel de la balanza. 

​Pero si aún no quedas convencido de estos argumentos, cierro mi participación de este día diciéndote; de nada servirá cambiar a todos los jueces del país, si las leyes con las que operaran y resolverán los asuntos planteados a su arbitrio, serán las mismas con las que los actuales jueces los resuelven. Entonces, la reforma no se trata de elegir a los jueces, sino de transitar a leyes eficaces que garanticen la protección de los Derechos de los mexicanos en el contexto en el que nos encontramos.

​Mientras esto ocurre, te invito a que, “caminemos derecho”.

JOSÉ DE JESÚS AGUILAR CARRASCO

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