Santa Rita Tlahuapan, Pue. A más de cinco años de la jornada electoral de 2021, la Fiscalía General del Estado (FGE) de Puebla obtuvo una sentencia condenatoria contra Carlos N. y María del Carmen N. por el delito de destrucción de material y documentación electoral en Santa Rita Tlahuapan.
De acuerdo con la investigación presentada por el Ministerio Público, los hechos ocurrieron el 7 de julio de 2021, cuando ambos acusados, acompañados de otras personas, obligaron a funcionarios electorales y elementos de la Policía Municipal a quemar paquetes que contenían los resultados de los comicios celebrados el 6 de junio de ese año.
La responsabilidad de ambos fue acreditada durante un juicio oral, en el que la Fiscalía presentó los medios de prueba ante la autoridad judicial. Sin embargo, la institución no detalló públicamente qué pruebas específicas fueron determinantes para obtener el fallo condenatorio ni precisó la participación individual de cada sentenciado.
inconformidad por los resultados electorales
La destrucción del material electoral ocurrió en un contexto de inconformidad por los resultados de la elección municipal de 2021. En los días posteriores a la jornada electoral, habitantes de Santa Rita Tlahuapan denunciaron un presunto fraude y exigieron que se repitieran los comicios.
Reportes periodísticos publicados entonces señalaron que los inconformes cuestionaban los resultados de la contienda municipal y que la quema de boletas derivó en protestas y bloqueos carreteros.
Por separado, el Tribunal Electoral del Estado de Puebla documentó, en la revisión de una impugnación relacionada con la elección distrital, el señalamiento sobre la quema de 32 paquetes electorales. El tribunal precisó que los paquetes siniestrados correspondían a la elección municipal de Tlahuapan y no a la elección de diputaciones del distrito de San Martín Texmelucan.
Estos antecedentes permiten ubicar el caso en el conflicto postelectoral de 2021, aunque no deben confundirse con los hechos específicos por los que Carlos N. y María del Carmen N. fueron sentenciados.
¿Qué sanción recibieron?
La autoridad judicial impuso a ambos una pena de dos años y 22 días de prisión, además de una multa equivalente a 113 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
La reparación del daño quedó pendiente de cuantificarse y será determinada durante la etapa de ejecución de sanciones.
Con esta resolución, la Fiscalía de Puebla informó que obtuvo un fallo condenatorio por la destrucción de material y documentación electoral, un delito que afecta la conservación de los documentos utilizados para registrar los resultados de una elección.
Hasta el momento, la información difundida por la Fiscalía no precisa si existen otras personas procesadas por estos mismos hechos ni si la sentencia ya quedó firme.






