San Martín Texmelucan, Pue.- En el marco de la causa penal 43/2025, seguida por el delito de tentativa de homicidio en agravio de José Luis Sánchez Solís, surgieron nuevos señalamientos sobre presuntas irregularidades dentro del proceso judicial que se desarrolla en el Juzgado de Oralidad Penal de San Martín Texmelucan.
De acuerdo con información proporcionada por la parte acusadora, la propia víctima habría advertido en diversas ocasiones y por escrito al juez Arturo Barranco Montoya sobre supuestos actos de connivencia entre la Fiscalía y la defensa del imputado Ricardo Mellado Mateos, acompañando dichas denuncias con elementos de prueba. Sin embargo, aseguran que estas observaciones no fueron atendidas, situación que derivó en la recusación formal del juzgador y en una denuncia presentada ante la Fiscalía General de la República (FGR).
Asimismo, se señaló que horas antes de la audiencia de revisión de medida cautelar celebrada el pasado 27 de mayo de 2026, familiares del imputado y otras personas realizaron un bloqueo sobre la autopista México-Puebla, acción que, según la representación de la víctima, podría constituir conductas previstas en el delito de motín y posibles infracciones relacionadas con vías generales de comunicación.
Entre los señalamientos también destaca la existencia de fotografías en las que presuntamente aparece el abogado defensor, Gilberto Estrada Abad, junto a personas que participaron en la movilización. No obstante, durante la audiencia correspondiente, la defensa habría negado conocer a los manifestantes, situación que, según la parte acusadora, contrasta con el contenido de los registros de audio y video de la propia diligencia.
Durante esa audiencia, el asesor jurídico de la víctima manifestó ante el juez su preocupación por la seguridad de la víctima, de los testigos y de su propia persona, argumentando que durante la protesta se exhibieron pancartas con acusaciones directas en su contra, en las que se le señalaba de presuntos actos de corrupción, tráfico de influencias y obstrucción de audiencias.
La representación legal de la víctima sostuvo que dichas acusaciones carecen de sustento y son contrarias a lo asentado en la carpeta judicial 43/2025, donde, afirman, quedó evidenciado que la situación jurídica del imputado obedecía a las deficiencias probatorias de su propia defensa.



